Ley de Salud Mental del Estado de Morelos
Artículo 30
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo *30.- La consulta psicoterapéutica que proporcione la Secretaría se
realizará en los Módulos de Salud Mental del Centro de Salud o en la consulta
externa de la unidad hospitalaria de los Servicios de Salud de Morelos, que cuente
con Módulo de Salud Mental.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Reformado por artículo único del Decreto No. 2139, publicado en el 2015/04/23. Antes decía : La
consulta psicoterapéutica que proporcione la Secretaría se realizará en los Módulos de Salud Mental
del Centro de Salud o en la consulta externa de la unidad hospitalaria de los Servicios de Salud, que
cuente con Módulo de Salud Mental.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHO A LA SALUD MENTAL. DEBE PROTEGERSE DE MANERA INTEGRAL Y ELLO INCLUYE, CUANDO MENOS, EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS BÁSICOS PARA SU TRATAMIENTO. (2a. LVIII/2019 (10a.))
- INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). CASO EN EL QUE SUS DERECHOHABIENTES PUEDEN SER ATENDIDOS EN OTRA INSTITUCIÓN HOSPITALARIA O CLÍNICA DEL SECTOR SALUD, CON LAS CONDICION (XVII.2o.C.T.11 L (10a.))
- DERECHO A LA SALUD. EN MATERIA DE SALUD MENTAL, EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD EN EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS DEBE GARANTIZARSE SIN DISCRIMINACIÓN. (2a. LVII/2019 (10a.))
- INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). LA HOSPITALIZACIÓN DE UN DERECHOHABIENTE CON ENFERMEDAD MENTAL SÓLO PROCEDE POR EL TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO, EL CUAL DEBE DETERMI (XVII.2o.C.T.10 L (10a.))
- DERECHO A LA SALUD MENTAL INFANTIL. LOS PROCESOS TERAPÉUTICOS ORDENADOS EN UNA CONTROVERSIA FAMILIAR DIRIGIDOS A PERSONAS MENORES DE EDAD, DEBEN CONSIDERAR LAS CAUSAS O RAZONES QUE (1a./J. 82/2025 (11a.))
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-02-18)
La consulta psicoterapéutica que proporcione la Secretaría se
realizará en los Módulos de Salud Mental del Centro de Salud o en la consulta
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Dirección General de Legislación.
Subdirección de Jurismática.
externa de la unidad hospitalaria de los Servicios de Salud de Morelos, que cuente
con Módulo de Salud Mental.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo único del Decreto No. 2139, publicado en el
2015/04/23. Antes
decía: La consulta psicoterapéutica que proporcione la Secretaría se realizará en los Módulos de
Salud Mental del Centro de Salud o en la consulta externa de la unidad hospitalaria de los
Servicios de Salud, que cuente con Módulo de Salud Mental.
Artículo *31.-
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