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Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos

Artículo 43

Ordenamiento: Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-09

Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 43. Las Propuestas Regulatorias que se incluyan en la Agenda Regulatoria

de los Sujetos Obligados deberá incluir, enunciativamente y no limitativamente, la

siguiente información:

I. Nombre preliminar;

II. Fundamento jurídico para emitir la Propuesta Regulatoria;

III. Materia sobre la que versará;

IV. Problemática que se pretende resolver;

V. Alternativas consideradas para atender la problemática;

VI. Identificar posibles costos burocráticos y beneficios;

VII. Identificar, en su caso, las acciones de simplificación y digitalización

asociadas a la Propuesta Regulatoria, y

VIII. Fecha tentativa de presentación de la Propuesta Regulatoria ante la

Autoridad de Simplificación y Digitalización.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-09-01)

Artículo 43. Las Propuestas Regulatorias que se incluyan en la Agenda

Regulatoria de los Sujetos Obligados deberá incluir, enunciativamente y no

limitativamente, la siguiente información:

I. Nombre preliminar;

II. Fundamento jurídico para emitir la Propuesta Regulatoria;

III. Materia sobre la que versará;

IV. Problemática que se pretende resolver;

V. Alternativas consideradas para atender la problemática;

VI. Identificar posibles costos burocráticos y beneficios;

Periódico Oficial 6475 Extraordinaria “Tierra y Libertad”

Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

VII. Identificar, en su caso, las acciones de simplificación y digitalización

asociadas a la Propuesta Regulatoria, y

VIII. Fecha tentativa de presentación de la Propuesta Regulatoria ante la

Autoridad de Simplificación y Digitalización.

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