Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
Artículo 59
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 59. El Poder Legislativo, además de lo señalado en el artículo 56 de la presente Ley, deberá poner
a disposición del público y actualizar la información siguiente:
I.- Agenda legislativa;
II.- Gaceta Parlamentaria;
III.- Orden del Día;
IV.- El Diario de Debates;
V.- Las versiones estenográficas;
VI.- La asistencia de cada una de sus sesiones del Pleno, de las Comisiones y Comités;
VII.- Las iniciativas de ley o decretos, puntos de acuerdo, la fecha en que se recibió, las Comisiones a las
que se turnaron, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas;
VIII.- Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el órgano legislativo;
IX.- Las convocatorias, actas, acuerdos, listas de asistencia y votación de las Comisiones y Comités y de
las sesiones del Pleno, identificando el sentido del voto, en votación económica, y por cada legislador, en
la votación nominal y el resultado de la votación por cédula, así como votos particulares y reservas de los
dictámenes y acuerdos sometidos a consideración;
X.- Las resoluciones definitivas sobre juicios políticos;
XI.- Las Versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en
los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección o cualquier otro;
XII.- Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto,
monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Legislativos y
centros de estudio u órganos de investigación;
XIII.- El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los
órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Legislativos y centros de estudio u órganos de
investigación, y
XIV.- Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que
realicen los centros de estudio o investigación legislativa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEYES NO PUBLICADAS, APLICACION DE LAS. (s/clave)
- LEYES. (s/clave)
- INFORMES ENTRE PODERES. SÓLO PROCEDEN CUANDO, DE MANERA EXPLÍCITA O IMPLÍCITA, ESTÉN CONSIGNADOS EN LA CONSTITUCIÓN. (P. CLIX/2000 )
- DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN DE ESA PRERROGATIVA. (I.15o.A.118 A)
- DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL ÓRGANO ENCARGADO DE GARANTIZAR SU EFICACIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN ESA MATERI (I.15o.A.119 A)
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