Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Transporte del Estado de Puebla

Artículo 34

Ordenamiento: Ley de Transporte del Estado de Puebla · Ámbito: Puebla
Última reforma: —

Vigencia verificada: 16 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 34

Transporte de personal. Deberá ser contratado por corporaciones,

industrias, comercios, instituciones, asociaciones o grupos de

particulares, para el traslado regular de sus trabajadores,

agremiados, asociados o integrantes; deberá contar con horarios e

itinerarios justificados y deben satisfacer las condiciones de

seguridad, comodidad y demás requisitos que señale el Reglamento de

la Ley.

Orden Jurídico Poblano

32

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 33Índice de la leyArt. 35 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis