Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA

Artículo 95

Ordenamiento: LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA · Ámbito: Puebla
Última reforma: —

Vigencia verificada: 25 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 95

Concesiones. Rescate. La Secretaría y Carreteras de Cuota -Puebla

podrán rescatar las concesiones por causa de utilidad pública o

interés general. En la declaratoria de rescate se establecerán las

bases generales que servirán para fijar el monto de la indemnización

que haya de cubrirse al concesionario, en los términos fijados en el

Reglamento.

La declaratoria de rescate deberá ser notificada por escrito al

afectado y publicada en el

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 94Índice de la leyArt. 96 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis