Ley de Transporte del Estado de Puebla
Artículo Transitorio SEXTO
Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Los permisos para servicios de transporte complementarios
vigentes al momento de la expedición de la presente ley, serán
considerados como permisos para servicio público de transporte de
pasajeros en la modalidad de transporte masivo.
SÉPTIMO.
Fuente oficial: consultar publicación
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