Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Turismo Sustentable del Estado de Hidalgo

Artículo 44

Ordenamiento: Ley de Turismo Sustentable del Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-28

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 44.- La Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones, conducirá la política turística e

instrumentará las acciones de promoción y comercialización de las actividades, destinos y productos

turísticos del Estado;

Los Municipios y demás participantes del sector, deberán coordinarse con la Secretaría para el desarrollo

de las campañas de promoción turística en territorio nacional y extranjero, con el propósito de mantener

una congruencia, consistencia y uniformidad en las estrategias promocionales del Estado.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 43Índice de la leyArt. 45 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.