Ley de Videovigilancia para el Estado de Morelos
Artículo 17
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 17.- …
I. …
a) al n) …
o) Cualquier otra información que para sus fines requiera el
Consejo Estatal y el Secretariado Ejecutivo;
p) Los indicadores estadísticos generados del desempeño de los
sistemas tecnológicos, medios y equipos de videovigilancia;
II. a IV. …
…
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORME JUSTIFICADO. (s/clave)
- INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
- DISPOSICIONES DE OBSERVANCIA GENERAL. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO. (s/clave)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis