Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley del Mercado de Valores

Artículo 395

Ordenamiento: Ley del Mercado de Valores · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 395.- Serán sancionados con la destitución del puesto en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, los vocales y secretario de la Junta de Gobierno de la Comisión, así como los servidores públicos de la misma que dolosamente contravengan lo establecido en el artículo 372 de esta Ley.

Capítulo II Bis

De los programas de autocorrección

Capítulo adicionado DOF 10-01-2014

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 394Índice de la leyArt. 395 Bis →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.