Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo Cuarto — del Libro Quinto del Código de Comercio, o a lo previsto en los tratados internacionales en materia de arbitraje y solución de controversias de los que México sea parte. · Capitulo V — De la información obtenida de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos
Artículo 62
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 62.- La Secretaría de Energía puede realizar o contratar, conforme a las disposiciones aplicables en materia de contrataciones públicas, a Petróleos Mexicanos, a otras entidades públicas, a instituciones académicas ya cualquier otra persona para llevar a cabo actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, a cambio de una contraprestación, que en todos los casos debe estar referida a condiciones de mercado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y TRABAJO, CONTRATOS ENTRE PARTICULARES INTERPRETADOS POR LA. (s/clave)
- PETROLEO. (s/clave)
- PETROLEO, CONCESIONES DE. (s/clave)
- PETROLEO, CONCESIONES DE. (s/clave)
- DENUNCIOS PETROLEROS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis