DENUNCIOS PETROLEROS.
El hecho de que la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo admita solicitudes de concesiones confirmatorias de derechos petroleros, no implican en modo alguno, que los poseedores de esos derechos se vean despojados de los mismos, por la sola admisión de la solicitud, ya que la Ley del Petróleo les concede el recurso de oponerse a dichas solicitudes y antes de resolver en definitiva sobre las mismas, se sustanciará un expediente en que el solicitante y el opositor podrán rendir todas las pruebas que estimen pertinentes para sostener sus derechos, de modo que habiendo un medio de reparación ante la potestad común el amparo es improcedente contra la simple admisión y tramitación de una solicitud petrolera.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364590-7d00eff0/denuncios-petroleros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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