Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 29
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 29.- La Comisión de Personal dará aviso oportuno al Secretario de las vacantes en el rango de agregado diplomático, a fin de que convoque aun concurso anual de ingreso para cubrirlas e instale la Subcomisión de Ingreso.
Artículo reformado DOF 25-01-2002
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORME A NOMBRE DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES, RENDIDO POR EL OFICIAL MAYOR. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. VACANTES TEMPORALES SUJETAS A DECISION DE COMISIONES DE ESCALAFON. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, BOLETINACION DE LAS PLAZAS PARA ASCENSOS DE LOS. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
- VACANTES TEMPORALES MAYORES DE SEIS MESES. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. (s/clave)
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