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Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos

Artículo 57

Ordenamiento: Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2025-12-11

Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 57. Las recomendaciones no vinculantes que emita el Comité

Coordinador del Sistema Estatal a los Entes públicos del Estado, serán públi cas y

de carácter institucional y estarán enfocadas al fortalecimiento de los procesos,

mecanismos, organización, normas, así como acciones u omisiones que deriven

del informe anual que presente el Comité Coordinador. Las recomendaciones

deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros del Comité Coordinador.

Fuente oficial: consultar publicación

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