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Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 24

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 24.- Son autoridades en materia de Seguridad Pública en el ámbito Estatal

las siguientes:

I. El titular del Poder Ejecutivo;

(REFORMADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

II. El Secretario General de Gobierno;

III. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública;

IV. El Secretario de Seguridad Pública;

V. El Fiscal General del Estado; y

VI. Las demás que determine la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad

Pública y demás ordenamientos aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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