Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.
Artículo 62
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 62.- Las unidades de policía encargadas de la investigación científica de los
delitos se ubicarán en la estructura orgánica de la Fiscalía General del Estado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- POLICIA JUDICIAL. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- INVESTIGACIONES PENALES. LAS AUTORIDADES MILITARES NO ESTAN FACULTADAS PARA REALIZARLAS. (s/clave)
- AVERIGUACION Y PERSECUCION DE LOS DELITOS. (s/clave)
- INSPECTORES FISCALES Y FEDERALES. (s/clave)
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