Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.
Artículo 69
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 69.- El orden de las categorías jerárquicas y grados de tope del personal de
las Instituciones de Seguridad Pública con relación a las áreas operativas y de
servicios será:
I. Para las áreas operativas, de policía a Comisario General; y
II. Para los servicios, de policía a Comisario Jefe.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SERVICIO SECRETO DE LA JEFATURA DE LA POLICIA, COMPONENTES DEL. (s/clave)
- POLICÍA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA.- (384)
- POLICÍA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA. (1031)
- SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA. EL ARTÍCULO 73, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, ES CONSTITUCIONAL AL PREVER QUE TODOS LOS ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES POLICIA (2a. VII/2017 (10a.))
- POLICIA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA. (334)
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