Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos

Artículo 20

Ordenamiento: Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2017-03-01

Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 20. - Los sujetos obligados por la Ley de Información Pública

mantendrán debidamente organizados los documentos en sus respectivas áreas,

para su fácil localización y consulta, haciendo uso del sistema, métodos y técnicas

estandarizados para la sistematización de la información, así como el uso de las

nuevas tecnologías aplicables. El IMIPE vigilara que los sujetos obligados tengan

implementada y funcionando su administración documental y su área coordinadora

de archivo.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 17Índice de la leyArt. 14 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2017-03-01)

los

sujetos obligados por la Ley de Información Pública Estadística y Protección de

datos Personales del Estado de Morelos, organizan, sistematizan y resguardan los

archivos públicos, con el fin de asegurar el acceso a la información pública y a

rescatar, organizar y salvaguardar la memoria histórica, pública y administrativa

del Estado de Morelos.

ARTÍCULO 18.-

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis