Ley Federal de Derechos · Titulo PRIMERO — De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VIII — De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes · Seccion Séptima — Registro Público Marítimo Nacional y Servicios a la Marina Mercante
Artículo 169-A
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 169-A. (Se deroga).
Artículo adicionado DOF 15-12-1995. Derogado DOF 09-12-2019
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- APLICACION DE LA LEY. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- PRECEPTOS LEGALES, CITA EQUIVOCADA DE LOS. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO. (s/clave)
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