Artículo 194-T-2
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 194-T-2.- Por la evaluación y, en su caso, aprobación de los programas para la prevención de accidentes, para quienes realicen actividades altamente riesgosas, pagarán el derecho, conforme a la cuota de $3,824.92
Artículo adicionado DOF 31-12-1999
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCIDENTES DE TRABAJO, REGLAMENTO DE MEDIDAS PREVENTIVAS DE. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO, MEDIDAS DE PREVENTIVAS DE. (s/clave)
- RIESGO DE TRABAJO, FALLECIMIENTO EN CASO DE. SALARIO BASE PARA LA INDEMNIZACION. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL, BASE PARA FIJAR LA INDEMNIZACION. (s/clave)
- DAÑOS, PERJUICIOS Y COSTAS. (s/clave)
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