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Modo: Corpus Pro

Ley Federal de Derechos · Titulo II — de esta Ley. · Capitulo XIV — De la Secretaría de Salud · Seccion Cuarta — Otros Servicios

Artículo 195-K

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 195-K.- Por la inscripción de los actos jurídicos en materia sanitaria, se pagará por cada registro, el derecho de inscripción, de conformidad con las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF 26-12-1990

I.- De cesión de derechos de autorizaciones sanitarias entre personas físicas $201.40

II.- De cesión de derechos de autorizaciones entre personas morales o entre personas físicas y morales $1,009.88

III.- (Se deroga).

Fracción derogada DOF 26-12-1990

Fuente oficial: consultar publicación

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