Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley Federal de Derechos

Artículo 219

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 219.- Las personas titulares de asignaciones y concesiones a que se refiere la Ley de Aeropuertos, así como los organismos descentralizados, que lleven a cabo la administración, operación, conservación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos federales, están obligados al pago de derechos por el uso, goce o explotación de los aeropuertos federales.

Artículo reformado DOF 26-12-1990, 31-12-2000, 13-11-2023

Fuente oficial: consultar publicación

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