Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo · Titulo II — , de esta Ley, el juicio será tramitado por la Magistrada Instructora o el Magistrado Instructor en la vía sumaria. · Capitulo IV — de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, se deberán razonar los criterios de impugnación y la graduación correspondiente para su aplicación a cada caso en particular.
Artículo 55
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 55.- Las partes podrán formular excitativa de justicia ante el Presidente o la Presidenta del Tribunal, si la Magistrada o el Magistrado responsable no formula el proyecto respectivo dentro del plazo señalado en esta Ley.
Artículo reformado DOF 09-06-2026
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- QUEJA EN MATERIA DE TRABAJO. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis