REVISION.
No procede contra los actos de los Jueces del fuero común en auxilio de la Justicia Federal, porque tales actos tienen el carácter de provisionales, y son revisables por los Jueces de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288144-3b57296d/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Velarde Félix. 2 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio y Alberto M. González no asistieron al acuerdo por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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