Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 810044 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 19

Si se interpone sólo por las autoridades ejecutoras, expresando como agravios, la declaración hecha por el Juez de Distrito, de que son inconstitucionales los actos que ejecutan, debe ser desechada, porque tal declaración sólo puede causar agravios a las autoridades que ordenan el acto, pero no a las que lo ejecutan, y si se concedió la protección federal contra aquéllas, ya no hay nada que ejecutar.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810044-6a699bda/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1856/25. Arratia Angel. 3 de mayo de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Teófilo H. Orantes, Arturo Cisneros Canto y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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