REVISION DE LA SUSPENSION.
Si se interpuso contra el auto del Juez del fuero común que, en auxilio de la Justicia Federal, concedió la suspensión, debe entenderse interpuesta la revisión, también, contra el auto del Juez de Distrito que confirmó el del Juez común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282495-2d422c21/revision-de-la-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 107/26. Cortina Rafael. 9 de agosto de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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