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Ley Federal del Derecho de Autor · Titulo VIII — De los Registros de Derechos · Capitulo II — De las Reservas de Derechos al Uso Exclusivo

Artículo 189

Ordenamiento: Ley Federal del Derecho de Autor · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-05-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 189.- La vigencia del certificado de la reserva de derechos otorgada a títulos de publicaciones y difusiones periódicas, así como eventos artísticos y culturales, será de un año, contado a partir de la fecha de su expedición.

Párrafo reformado DOF 14-05-2026

Para el caso de publicaciones periódicas, el certificado correspondiente se expedirá con independencia de cualquier otro documento que se exija para su circulación.

Fuente oficial: consultar publicación

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