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Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar… · Capitulo PRIMERO — Disposiciones Generales

Artículo 2

Ordenamiento: Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/o… · Ámbito: Federal
Última reforma: 2023-05-03

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Actividades reguladas: Producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos;

Fracción reformada DOF 03-05-2023

II. Derogada.

Fracción derogada DOF 03-05-2023

III. Dependencias: Las listadas en las fracciones II a VI del artículo 3 de la presente Ley;

Fracción reformada DOF 20-05-2021, 03-05-2023

IV. Desvío: Cambiar el destino de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas, para destinarlos a la producción de drogas sintéticas;

Fracción reformada DOF 03-05-2023

IV Bis. Droga sintética: Cualquier sustancia de origen sintético con efectos psicoactivos disponible en el mercado de drogas ilícitas y utilizada con fines no médicos;

Fracción adicionada DOF 03-05-2023

V. Máquinas: Conjunto de elementos móviles o fijos fabricados industrial o artesanalmente, utilizados para procesar materias sólidas, semisólidas o líquidas, en presentaciones de cápsulas, tabletas o comprimidos;

Fracción reformada DOF 03-05-2023

V Bis. Personas físicas o morales: Aquéllas que realizan actividades reguladas en la presente Ley;

Fracción adicionada DOF 03-05-2023

VI. Precursores químicos: Sustancias fundamentales para la producción de drogas sintéticas, que incorporan su estructura molecular al producto final;

Fracción reformada DOF 03-05-2023

VII. Productos químicos esenciales: Sustancias que, sin ser precursores químicos, pueden utilizarse para producir drogas sintéticas, tales como solventes, reactivos y catalizadores;

Fracción reformada DOF 03-05-2023

VII Bis. Sistema Integral de Sustancias: Plataforma de control, registro y autorizaciones perteneciente a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios;

Fracción adicionada DOF 03-05-2023

VIII. Derogada.

Fracción derogada DOF 03-05-2023

IX. Merma inusual: Conforme defina el Reglamento lo procedente para cada producto, proceso y medio de transporte.

Fuente oficial: consultar publicación

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