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Ley General de Desarrollo Social · Titulo TERCERO — DE LA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL · Capitulo III — Del Financiamiento y el Gasto

Artículo 18

Ordenamiento: Ley General de Desarrollo Social · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 18. Los programas, proyectos y acciones, incluidos los recursos, que conforman la Política de Desarrollo Social son prioritarios y de interés público, por lo cual serán objeto de seguimiento y evaluación de acuerdo con esta Ley y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y no podrán sufrir disminuciones en sus montos presupuestales.

Artículo reformado DOF 16-07-2025

Fuente oficial: consultar publicación

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