Ley General de Desarrollo Social · Titulo QUINTO — DE LA EVALUACIÓN DE LA POLÍTICA DE DESARROLLO SOCIAL · Capitulo II — del Título Quinto; se adicionan los artículos 4, con un segundo párrafo; 5, con las fracciones VI Bis y XI; 37 Bis y 72 Bis, y se derogan los artículos 5, la fracción III; 75; 76; 77 y 85, de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo Transitorio NOVENO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Noveno.- El acervo de información estadística, indicadores, estudios, bases de datos, informes y cualquier otro documento publicado o por publicar elaborado o en posesión del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberá ser puesto a disposición del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y, una vez revisado, será puesto a disposición de la ciudadanía en un portal electrónico público.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA. (s/clave)
- OFICIALES MAYORES, INFORMES PREVIOS RENDIDOS POR LOS. (s/clave)
- INFORME A NOMBRE DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES, RENDIDO POR EL OFICIAL MAYOR. (s/clave)
- PRUEBA DOCUMENTAL. (s/clave)
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