Ley General de Educación · Titulo Décimo — Primero · Capitulo II — De los mecanismos para el cumplimiento de los fines de la educación impartida por los particulares
Artículo 161
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 161. Son derechos del visitado:
I. Solicitar al servidor público comisionado que se identifique con credencial con fotografía expedida por la Secretaría;
II. Recibir un ejemplar de la orden de visita, así como del oficio por el que se comisionó al servidor público para llevar a cabo la diligencia;
III. Estar presente en todo momento y lugar durante el desarrollo de la visita acompañando al servidor público comisionado;
IV. Designar a dos testigos y, en su caso, a los sustitutos de éstos para que estén presentes en el desarrollo de la visita;
V. Presentar o entregar durante la diligencia al servidor público responsable la documentación en original, copia simple o copia certificada que considere conveniente, lo cual se asentará debidamente en el acta de visita, y
VI. Formular las observaciones, aclaraciones, quejas o denuncias que considere convenientes durante la práctica de la visita o al término de la diligencia, para que sean asentadas explícitamente en el acta de visita, así como a que se le proporcione una copia de la misma.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXTRANJERO EN PRISIÓN PREVENTIVA, TIENE DERECHO A QUE SE INFORME A LA REPRESENTACIÓN DIPLOMÁTICA DE SU PAÍS, SU SITUACIÓN JURÍDICA. (I.2o.P.147 P)
- DERECHO FUNDAMENTAL A LA ASISTENCIA CONSULAR. OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES PARA TENER POR CUMPLIDO EL DEBER DE INFORMAR AL EXTRANJERO LA EXISTENCIA DE SU DERECHO A CONTACTAR A S (1a. CXL/2015 (10a.))
- EXTRANJERO SUJETO A AVERIGUACIÓN PREVIA O EN PRISIÓN PREVENTIVA. SE LE DEBE DAR A CONOCER EL DERECHO QUE TIENE A SOLICITAR LA ASISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN DIPLOMÁTICA DEL PAÍS D (III.2o.P.248 P)
- PROCESOS, LA ASISTENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ES PARTE ESENCIAL EN EL PROCEDIMIENTO, EN LOS. (s/clave)
- EXTRANJEROS. OBLIGACIONES DEL JUEZ DEL PROCESO EN TORNO A LOS DERECHOS DE AQUÉLLOS, CUANDO SE ENCUENTRAN SOMETIDOS A CUALQUIER FORMA DE DETENCIÓN O PRISIÓN. (XV.3o.17 P)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis