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Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Libro SÉPTIMO — De las Candidaturas Independientes · Titulo SEGUNDO — Del Proceso de Selección de Candidatos Independientes · Capitulo V — Del Registro de Candidatos Independientes · Seccion Cuarta — De la Sustitución y Cancelación del Registro

Artículo 392

Ordenamiento: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-06-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 392.

1. En el caso de las listas de fórmulas de Candidatos Independientes al cargo de Senador, si por cualquier causa falta uno de los integrantes propietarios de una de las fórmulas, se cancelará el registro de ambas. La ausencia del suplente no invalidará las fórmulas.

TÍTULO TERCERO

De las Prerrogativas, Derechos y Obligaciones

CAPÍTULO I

De los Derechos y Obligaciones

Fuente oficial: consultar publicación

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