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Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes · Titulo QUINTO — De la Protección y Restitución Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes · Capitulo Tercero — Del Sistema Nacional de Protección Integral · Seccion Tercera — De la Evaluación y Diagnóstico

Artículo 132

Ordenamiento: Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-01-15

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 132. Corresponderá al CONEVAL la evaluación de las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en términos de lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Ley, el Programa Nacional y las demás disposiciones aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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