Ley General de Responsabilidades Administrativas
Artículo 103
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 103. El plazo para la presentación del recurso será de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución impugnada.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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