Ley General de Salud · Titulo DECIMO — CUARTO · Capitulo I — Disposiciones Comunes
Artículo 313
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 313. Compete a la Secretaría de Salud:
I. El control y la vigilancia sanitarios de la disposición y trasplantes de órganos, tejidos y células de seres humanos, en los términos establecidos por esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables;
Fracción reformada DOF 20-04-2015
II. La regulación sobre cadáveres, en los términos de esta Ley;
III. Establecer y dirigir las políticas en salud en materia de donación, procuración y trasplantes de órganos, tejidos, células troncales, así como de la disposición de sangre, productos sanguíneos y hemoderivados, para lo cual se apoyará en el Centro Nacional de Trasplantes, y en el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea;
Fracción reformada DOF 15-01-2026
IV. Emitir las disposiciones de carácter general que permitan la homologación de los criterios de atención médica integral en la materia, y
V. Elaborar y llevar a cabo, en coordinación con las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud y con los gobiernos de las entidades federativas, campañas permanentes de concientización sobre la importancia de la donación de órganos, tejidos y células troncales para fines de trasplantes, así como de sangre y productos sanguíneos para efectos de transfusiones y otros usos terapéuticos.
Fracción reformada DOF 20-04-2015, 15-01-2026
Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 07-05-1997, 26-05-2000, 30-06-2003, 14-07-2008, 11-06-2009, 12-12-2011
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRASPLANTE DE ÓRGANOS ENTRE VIVOS. EL ARTÍCULO 333, FRACCIÓN VI, DE LA LEY GENERAL DE SALUD, QUE LO PERMITE ÚNICAMENTE ENTRE PERSONAS RELACIONADAS POR PARENTESCO, MATRIMONIO O CONC (P. IX/2003 )
- SUSPENSIÓN DE PLANO. PROCEDE CONCEDERLA EN EL JUICIO DE AMPARO EN QUE SE RECLAMA LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 22, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN M (III.7o.A.50 A (10a.))
- SERVICIOS COORDINADOS DE SALUD PUBLICA EN EL ESTADO. SU TITULAR CARECE DE FACULTADES PARA RESOLVER LOS RECURSOS DE INCONFORMIDAD QUE EN CONTRA DE SUS ACTOS SE INTERPONGAN. (s/clave)
- DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PÚBLICA, COMPETENCIA CONSTITUCIONAL DEL.- (880)
- DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, COMPETENCIA CONSTITUCIONAL DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis