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Modo: Corpus Pro

Ley General de Salud · Titulo DECIMO — OCTAVO · Capitulo IV — Recurso de Inconformidad

Artículo 442

Ordenamiento: Ley General de Salud · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-01-15

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 442.- En la tramitación del recurso sólo se admitirán las pruebas que se ofrezcan en los términos del artículo 444 de esta Ley, sin que en ningún caso sea admisible la confesional.

Artículo reformado DOF 27-05-1987

Fuente oficial: consultar publicación

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