Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Titulo PRIMERO — De los Títulos de Crédito · Capitulo I — De las diversas clases de títulos de crédito · Seccion Primera — Disposiciones Generales
Artículo 20
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 20.- El secuestro o cualesquiera otros vínculos sobre el derecho consignado en el título, o sobre las mercancías por él representadas, no surtirán efectos si no comprenden el título mismo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AGRAVIOS EN LA REVISION. (s/clave)
- IGNORANTE O IMPEDIDO. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- APLICACION DE LA LEY. (s/clave)
- ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis