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Modo: Corpus Pro

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 89

Ordenamiento: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 89. El procedimiento de la denuncia se integra por las siguientes etapas:

I. Presentación de la denuncia ante las Autoridades garantes;

II. Solicitud por parte de las Autoridades garantes de un informe al sujeto obligado;

III. Resolución de la denuncia, y

IV. Ejecución de la resolución de la denuncia.

Fuente oficial: consultar publicación

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