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Modo: Corpus Pro

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo 156 BIS

Ordenamiento: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-01-19

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 156 BIS.- En materia de contaminación por ruido, la Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para el establecimiento y operación de los sistemas de monitoreo del ruido.

Los gobiernos de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México realizarán los monitoreos necesarios para la prevención y el control de la contaminación por ruido.

Artículo adicionado DOF 29-03-2022

TÍTULO QUINTO

Participación Social e Información Ambiental

Denominación del Título reformada DOF 13-12-1996

CAPÍTULO I

Participación Social

Denominación del Capítulo reformada DOF 13-12-1996

Fuente oficial: consultar publicación

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