Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral · Libro TERCERO — Del juicio para la protección de los derechos político–electorales del ciudadano · Titulo UNICO — De las reglas particulares · Capitulo I — De la procedencia
Artículo 821
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 82
1. Cuando por causa de inelegibilidad de los candidatos, las autoridades electorales competentes determinen no otorgar o revocar la constancia de mayoría o de asignación respectiva, se deberá atender a lo siguiente:
a) En los procesos electorales federales, el candidato agraviado sólo podrá impugnar dichos actos o resoluciones a través del juicio de inconformidad y, en su caso, el recurso de reconsideración, en la forma y términos previstos por los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Segundo de la presente ley; y
b) En los procesos electorales de las entidades federativas, el candidato agraviado sólo podrá promover el juicio a que se refiere el presente Libro, cuando la ley electoral correspondiente no le confiera un medio de impugnación jurisdiccional que sea procedente en estos casos o cuando habiendo agotado el mismo, considere que no se reparó la violación constitucional reclamada.
CAPITULO II
De la competencia
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEGITIMACIÓN. SE PRESUME QUE EL CANDIDATO PROMUEVE EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL COMO REPRESENTANTE LEGÍTIMO DEL PARTIDO QUE LO POSTULÓ, CUANDO LA LEGISLACIÓN ELEC (129)
- CONSTANCIAS DE ASIGNACIÓN Y DE MAYORÍA. SU DISTINCIÓN RESPECTO DE LA ELECCIÓN DE QUE DERIVAN.- (110)
- JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. PROCEDE SU DESECHAMIENTO DE PLANO, CUANDO EL ACTO IMPUGNADO TIENE RELACIÓN CON UN PROCESO ELECTORAL CONCLUIDO.- (125)
- JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. SUPUESTO EN EL QUE SE ACTUALIZA EL REQUISITO DE PROCEDENCIA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 86, PÁRRAFO 1, INCISO C) DE LA LEY GENERAL DEL SIST (127)
- DETERMINANCIA PARA EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ACTOS ARTIFICIOSOS TENDIENTES A CREARLA.- (82)
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