Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Artículo 85
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 85. La asesoría técnica tendrá los propósitos siguientes:
I. Acompañar y asesorar a los colectivos escolares conforme a las necesidades de mejora de las prácticas profesionales de los directivos, detectadas a partir de evidencias, observaciones, visitas y requerimientos expresados por estos colectivos, así como de los procesos y resultados de aprendizaje de los educandos, y
II. Favorecer experiencias de aprendizaje y formación situados que incidan en la transformación de las prácticas directivas con la finalidad de lograr la mejora de la operación y funcionamiento de las escuelas, para incidir en el aprendizaje y bienestar de los educandos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ESCUELAS RURALES ADICIONALES, SUELDOS DE LOS PROFESORES DE LAS. (s/clave)
- REVISION INTERPUESTA POR LOS SUBALTERNOS DE LAS SECRETARIAS DE ESTADO. (s/clave)
- SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE. ES IMPROCEDENTE OTORGAR LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA LOS ACTOS EMITIDOS EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO QUE TENGAN POR EFE (PC.XXI. J/11 A (10a.))
- ESCUELAS, REQUISITOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS. (s/clave)
- EDUCACION, LEYES RELATIVAS A LA. (s/clave)
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