Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas… · Libro PRIMERO — DE LO SUSTANTIVO · Titulo TERCERO — De la Protección y Asistencia a las Víctimas, Ofendidos y Testigos de los Delitos en Materia de Trata de Personas · Capitulo II — Protección y Asistencia a las Víctimas
Artículo 74
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 74. Además de garantizar las medidas previstas en el artículo 141 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales a las víctimas, ofendidos y testigos, el Ministerio Público y el Poder Judicial deberán asegurar, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 62 de la presente Ley, que durante las comparecencias y actuaciones de éstos sus declaraciones se desarrollen libres de intimidación o temor por su seguridad o la de sus familiares y personas cercanas, por lo que al menos garantizará:
I. Medios remotos de distorsión de voz y rasgos;
II. Comparecencia a través de Cámara de Gesell, y
III. Resguardo de la identidad y otros datos personales.
En los casos en que la víctima, ofendido o testigo declare en contra de grupos de la delincuencia organizada, el Ministerio Público y el Poder Judicial adoptarán un conjunto de medidas de carácter excepcional para resguardar su vida, libertad, integridad, seguridad e identidad.
CAPÍTULO III
De los Derechos de las Víctimas Extranjeras en México y de las Víctimas Mexicanas en el Extranjero
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCESO A LA JUSTICIA. SE VIOLA ESE DERECHO SI NO SE INFORMA A LA VÍCTIMA INDIRECTA EN EL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS (QUIEN SE ENCUENTRA EN EL EXTRANJERO), DE FORMA (I.9o.P.178 P (10a.))
- MEDIDAS DE PROTECCIÓN A VÍCTIMAS Y TESTIGOS DE CARGO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. PROCEDE ORDENAR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE ADOPTE LAS QUE ESTIME PERTINENTES, SI AL CONOCER (II.4o.P.8 P (11a.))
- ACTOS DE TORTURA. SI AL CONOCER DEL AMPARO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, EL JUZGADOR ADVIERTE QUE EL COACUSADO DEL QUEJOSO, QUIEN NO ES PARTE EN EL JUICIO, DECLARÓ HABER SIDO VÍC (I.9o.P. J/20 (10a.))
- ACTOS DE TORTURA. SI AL CONOCER DEL AMPARO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, EL JUZGADOR ADVIERTE QUE EL COACUSADO DEL QUEJOSO, QUIEN NO ES PARTE EN EL JUICIO, DECLARÓ HABER SIDO VÍC (I.9o.P.92 P (10a.))
- CARPETA DE INVESTIGACIÓN. SI SE TRATA DE DELITOS COMETIDOS EN TERRITORIO NACIONAL RELACIONADOS CON VIOLACIONES GRAVES A DERECHOS FUNDAMENTALES DE MIGRANTES, EL MINISTERIO PÚBLICO D (I.6o.P.109 P (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis