Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes
Artículo 13
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 13.- La creación de municipios, en todo caso, se sujetará a los requisitos
siguientes:
I. Que sea conveniente para satisfacer las necesidades de sus habitantes;
II. Que la extensión territorial, recursos naturales y económicos, sean suficientes
para atender a las necesidades comunes y permitan el desarrollo futuro que
incorpore a sus habitantes a un nivel de vida decoroso;
III. Que los recursos garan ticen la autosuficiencia económica para cubrir un
presupuesto mínimo requerido, para dar satisfacción a los servicios públicos y
funciones municipales más elementales;
IV. Que la población no sea menor de quince mil habitantes y que su ritmo de
crecimiento demográfico sea el doble de la tasa de crecimiento media del Estado,
conforme al último censo de población y vivienda del Instituto Nacional de
Estadística, Geografía e Informática;
V. Que la cabecera municipal cuente como mínimo con cinco mil habitantes;
VI. Que su creación no ponga en riesgo la viabilidad económica de los municipios
dentro de cuyo territorio se pretende crear el nuevo municipio;
VII. Que se escuche a los municipios afectados; y
VIII. Que se cuente con la aprobación de las dos tercer as partes de los municipios
y con las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MUNICIPIOS. SU CREACIÓN NO PUEDE EQUIPARARSE A UN ACTO QUE SE VERIFIQUE EXCLUSIVAMENTE EN LOS ÁMBITOS INTERNOS DE GOBIERNO, POR LO QUE ES EXIGIBLE QUE SE APOYE EN UNA MOTIVACIÓN RE (254)
- MUNICIPIOS. SU CREACIÓN NO PUEDE EQUIPARARSE A UN ACTO QUE SE VERIFIQUE EXCLUSIVAMENTE EN LOS ÁMBITOS INTERNOS DE GOBIERNO, POR LO QUE ES EXIGIBLE QUE SE APOYE EN UNA MOTIVACIÓN RE (P./J. 153/2005)
- MUNICIPIOS. REQUISITOS CONSTITUCIONALES PARA SU CREACIÓN. (P./J. 151/2005)
- MUNICIPIOS. REQUISITOS CONSTITUCIONALES PARA SU CREACIÓN. (252)
- MUNICIPIOS. (s/clave)
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