LEY NÚMERO 464 DE EDUCACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO.
Artículo 11
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 11. En el Estado se fomentará en las personas una educación basada en:
I. La identidad, el sentido de pertenencia y el respeto desde la interculturalidad, para
considerarse como parte de un Estado pluricultural y plurilingüe con una historia que cimienta
perspectivas del futuro, que promueva la convivencia armónica entre personas y comunidades
para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social;
el aprendizaje de un idioma global como el Inglés, es un elemento fundamental para la
interacción con una gran diversidad cultural, el individu o por naturaleza tiene la necesidad de
comunicarse, lo que invita a pensar asimismo en una longeva relación heredada que refuerza
los valores y lazos lingüísticos así como culturales.
II. La responsabilidad ciudadana, sustentada en valores como la honestidad, la
justicia, la solidaridad, la reciprocidad, la lealtad, la libertad, entre otros;
III. La participación activa en la transformación de la sociedad, al emplear el
pensamiento crítico a partir del análisis, la reflexión, el diálogo, la argumentación, la conciencia
histórica y el humanismo, para el mejoramiento de los ámbitos social, cultural y político;
IV. El respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la
sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación con la naturaleza y de los
temas sociales, ambientales y económicos, así como su responsabilidad para la ejec ución de
acciones que garanticen su preservación y promuevan estilos de vida sostenibles, y
V. El respeto y conservación del patrimonio cultural e histórico, así como de las
tradiciones, usos y costumbres nacionales y Estatales.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHO A LA EDUCACIÓN BÁSICA. SU CONTENIDO Y CARACTERÍSTICAS. (1a. CCLXXXVIII/2016 (10a.))
- DERECHO A LA EDUCACIÓN BÁSICA. SU CONTENIDO Y CARACTERÍSTICAS. (1a./J. 82/2017 (10a.))
- ENSEÑANZA, FACULTADES LEGISLATIVAS DE LOS ESTADOS EN MATERIA DE. (s/clave)
- ENSEÑANZA, FACULTADES LEGISLATIVAS DE LOS ESTADOS EN MATERIA DE. (s/clave)
- DERECHO A LA EDUCACIÓN. OBLIGACIONES DEL ESTADO EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN PARA GARANTIZAR SU EFECTIVIDAD. (1a. CLXXVIII/2015 (10a.))
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