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LEY NÚMERO 464 DE EDUCACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO.

Artículo 15

Ordenamiento: LEY NÚMERO 464 DE EDUCACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO. · Ámbito: Guerrero
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 15. La educación impartida en el Estado, se basará en los resultados del

progreso científico; luchará contra las causas y efectos que genera la ignorancia, las

servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la

violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como en personas

con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implementar políticas

públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en todos los ámbitos de

gobierno del Estado.

Además, responderá a los criterios siguientes:

I. Será democrática, considerando a la democracia no solamente como una estructura

jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante

mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

II. Será nacional, en cuanto que, sin hostilidades ni exclusivismos, la educación atenderá a

la comprensión y solución de nuestros problemas, al aprovechamiento sustentable de nuestros

recursos naturales, a la defensa de nuestra soberanía e independencia política, al

aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de

nuestra cultura;

III. Será humanista, al fomentar el aprecio y respeto por la dignidad de las personas,

sustentado en los ideales de fraternidad e igualdad de derechos, promoviendo el mejoramiento

de la convivencia humana y evitando cualquier tipo de privilegio de razas, religión, grupos, sexo

o de personas;

IV. Promover el respeto al interés general de la sociedad, por encima de intereses

particulares o de grupo, así como el respeto a las familias, a efecto de que se reconozca su

importancia como los núcleos básicos de la sociedad y constituirse como espacios libres de

cualquier tipo de violencia;

V. Inculcar los conceptos y principios de las ciencias ambientales, el desarrollo sostenible,

la prevención y combate a los efectos del cambio climático, la reducción del riesgo de desastres,

la biodiversidad, el consumo sostenible y la resiliencia; así como la generación de conciencia y

la adquisición de los conocimientos, las competencias, las actitudes y los valores necesarios

para forjar un futuro sostenible, como elementos básicos para el desenvolvimiento armónico e

integral de la persona y la sociedad;

VI. Será equitativa, al favorecer el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las

personas, para lo cual combatirá las desigualdades socioeconómicas, regionales, de

capacidades y de género, respaldará a estudiantes en condiciones de vulnerabilid ad social y

ofrecerá a todos los educandos una educación pertinente que aseguré su acceso, tránsito,

permanencia y, en su caso, egreso oportuno en los servicios educativos;

VII. Será inclusiva, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias,

necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos, y así eliminar las distintas

barreras al aprendizaje y a la participación, para lo cual adoptará medidas en fav or de la

accesibilidad y los ajustes razonables;

VIII. Será intercultural, al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades

sobre la base del respeto a sus diferentes concepciones, opiniones, tradiciones, costumbres y

modos de vida y del reconocimiento de sus derechos humanos y generales, en un marco de

inclusión social;

IX. Será integral, porque educará para la vida y estará enfocada a las capacidades y

desarrollo de las habilidades socioemocionales, físicas, cognitivas y lingüísticas impartiendo la

enseñanza del idioma inglés en los programas establecidos para la educaci ón básica de las

personas que les permitan alcanzar su bienestar y contribuir al desarrollo social, y

X. Será de excelencia, orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos,

que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos para el desarrollo de su

pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.

Fuente oficial: consultar publicación

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