Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo
Artículo Transitorio Cuarto (Reforma 17
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
CUARTO. En el Decreto a que hace referencia el Transitorio Tercero del presente, se establecerá un
Comité encargado de la transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales con los que
cuenten las dependencias y entidades que actualmente son responsables, y cuyos asuntos cambien de
adscripción por disposición o consecuencia del mismo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DELEGACION DE FACULTADES. (661)
- DELEGACION DE FACULTADES. (VI. 2o J/146)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- REVISION, ADMISION DEL RECURSO DE. (s/clave)
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