Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 18

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-03-25

Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 18.- La política estatal en materia de igualdad entre mujeres y hombres,

deberá establecer las acciones conducentes para lograr la igualdad sustantiva en

los ámbitos, económica, política, social y cultural.

X. La utilización de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento

en la totalidad de las relaciones sociales, así como, la erradicación de actividades

que repliquen roles y estereotipos de género;

B) VALORACIÓN DE LOS ASPECTOS TRASCENDENTES DE LA INICIATIVA

Esta Comisión emite una opinión favorable a la iniciativa con proyecto de decreto

por la que se expide la nueva “Ley Orgánica de la Administración Pública para el

Estado Libre y Soberano de Morelos”, con base a las siguientes consideraciones:

De conformidad con el artículo 1º de nuestra Constitución Pol ítica, el Estado de

Morelos, es Libre, Soberano e Independiente; es parte integrante de los Estados

Unidos Mexicanos, y en consecuencia, adopta para su régimen interior la forma de

Gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, de donde nace

el principio de división de poderes previsto en el artículo 49 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, es atribución de este Congreso expedir la Ley Orgánica para la

organización de la administración interior del poder ejecutivo, sin violentar el

marco constitucional y sin romper el equilibrio de poderes.

Dicho de otra forma, el Poder Legislativo está constreñido a respetar la

organización interior del Poder Ejecutivo en la forma que lo decida su titular. Este

proyecto de iniciativa que crea la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública

para el Estado de Morelos, presentada por las Diputadas y Diputados emanados

del mismo partido al de la Gobernadora electa, debe entenderse como la voluntad

Periódico Oficial 6349 Extraordinaria “Tierra y Libertad”

Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

política del próximo gobierno para ejercer la libre configuración de la próxima

administración pública en el Poder Ejecutivo.

Además de reconocer que es la administración pública es el medio a través del

cual se ejercen las atribuciones conferidas a la persona titular del Poder Ejecutivo,

por lo que es necesario ajustar el marco jurídico con el que se desempeñará la

función pública orientada a satisfacer las necesidades de los morelenses.

Entendida esta como una actividad dinámica, que responde de manera oportuna a

las exigencias de la sociedad, mostrando en todo momento mayor eficiencia y

eficacia del servicio público.

Esto tiene anclaje en lo que dispone la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de Morelos respecto a las facultades de quien ocupará la gubernatura:

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 13Índice de la leyArt. 70 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis