Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Artículo 60
Vigencia verificada: 20 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 60. Corresponde a las personas titulares de las Unidades Auxiliares
Adjetivas el ejercicio y cumplimiento de las siguientes atribuciones, facultades,
obligaciones y deberes:
I. Acordar con su superior inmediato los asuntos de su competencia, escuchando
previamente la opinión de las personas titulares de todos y cada uno de los
elementos y factores que integran la estructura or gánica de la Unidad Auxiliar
Adjetiva a su cargo y de los servidores públicos que, por la naturaleza de los asuntos
a resolver, sean de su competencia;
II. Desempeñar las funciones y comisiones que el Fiscal General y su superior
inmediato les encomienden, e informarles sobre el desarrollo de las mismas;
III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo
de las atribuciones y acciones encomendadas a todos y cada uno de los elementos
y factores que integran la estruc tura orgánica de la Unidad Auxiliar Adjetiva a su
cargo;
IV. Participar activamente en la mejora continua del desempeño de las funciones
que corresponden a la Institución del Ministerio Público y a la Fiscalía General, a
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. FACULTADES DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS TITULARES DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, ASÍ COMO DE LAS ÁREAS DE AUDITORÍA, QUEJAS Y RES (I.1o.A.110 A )
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE LA UNIDAD DE APOYO PARA LA INSPECCIÓN FISCAL Y ADUANERA, CON EL PERSONAL QUE ACTUALMENTE REALIZA LAS FUNCIONES DE LA ENT (I.3o.T.135 L)
- RESPONSABILIDADES. EL DIRECTOR DE ESA ÁREA ES INCOMPETENTE PARA CITAR AL PRESUNTO RESPONSABLE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 64, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS (253)
- RESPONSABILIDADES. EL DIRECTOR DE ESA ÁREA ES INCOMPETENTE PARA CITAR AL PRESUNTO RESPONSABLE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 64, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS (2a./J. 45/2005)
- RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. EL TITULAR DEL ÁREA RELATIVA DE UN ÓRGANO INTERNO DE CONTROL PUEDE AUXILIARSE DEL PERSONAL ADSCRITO A AQUÉLLA PARA SUSTANCIAR LOS PROC (I.8o.A.36 A )
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