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Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Artículo 65

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-10-12

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 65. La Fiscalía General contará con un Centro de Justicia para Mujeres.

La persona designada como titular de esta Unidad Auxiliar Adjetiva será la

encargada (sic) coordinarlo y de impulsar políticas públicas, estrategias y acciones

en materia de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres,

niñas y niños, así como de facilitarles el acceso a la justicia, favoreciendo el inicio

de un proceso de autovaloración tendente a erradicar la violencia de que son o

pudieran ser objeto, a través de servicios integrales, en aras de contar con un mejor

proyecto de vida y contribuir al mejoramiento de su entorno personal, familiar y

social.

Fuente oficial: consultar publicación

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