Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Artículo Transitorio SEXTA
Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SEXTA. Dentro del mismo término, la Fiscalía General deberá emitir su
Reglamento Interior, y una vez publicado éste, dentro de los noventa días
siguientes, emitirá los restantes Reglamentos a que se refiere la presente Ley, sin
perjuicio de continuar aplicando los reglamentos vigentes, en lo que no se
opongan a la presente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEYES, TEXTO DE LAS. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
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