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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos · Titulo Cuarto — de la Constitución en materia de responsabilidades de los servidores públicos. · Capitulo adicionado — DOF 27-01-2017 · Seccion adicionada — DOF 27-01-2017

Artículo 57 BIS

Ordenamiento: Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-07-07

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 57 BIS.

1. Conforme a lo previsto en el artículo 74, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Cámara de Diputados designar, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes a los titulares de los Órganos Internos de Control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo adicionado DOF 27-01-2017

Sección Segunda

Del Proceso para su Designación

Sección adicionada DOF 27-01-2017

Fuente oficial: consultar publicación

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